Enfermedades de alto costo
Este seguro está dirigido a empresas promotoras de salud, del Régimen Contributivo, Régimen subsidiado y a empresas que administren los Regímenes de Excepción del Sistema General de Seguridad Social en Salud como El Magisterio, Fuerzas Militares, el INPEC, y los Entes Territoriales. El seguro garantiza la atención en salud de enfermedades de alto costo, a todos los beneficiarios, incurridos o causados durante la vigencia de la póliza.
¿En qué consiste este seguro?
– Enfermedades cardiacas de aorta torácica y abdominal, vena cava, vasos pulmonares y renales.
– Tratamiento quirúrgico para enfermedades del sistema nervioso central.
– Insuficiencia renal aguda o crónica.
– Gran quemado.
– Infección por VIH – SIDA.
– Cáncer.
– Reemplazo articular parcial o total de cadera o rodilla.
– Cuidados intensivos.
– Trasplante renal, de corazón, de hígado, de médula ósea, cornea.
– Tratamiento médico quirúrgico para trauma mayor.
– Tratamiento quirúrgico de malformaciones congénitas.
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Tratamientos estéticos y la atención de sus complicaciones.
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Tratamientos experimentales.
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Tecnología en salud que se utiliza con fines educativos, instruccionales o de capacitación durante el proceso de rehabilitación social o laboral.
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Tecnologías en salud que tengan alertas de seguridad o falta de efectividad que recomienden su retiro del mercado, de acuerdo con la normatividad vigente.
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Tecnologías en salud cuya finalidad no sea la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación o paliación de la enfermedad.
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Bienes y servicios que no correspondan al ámbito de la salud.
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Actividades, procedimientos e intervenciones de tipo curativo para las enfermedades crónicas, degenerativas, carcinomatosis, traumáticas o de cualquier índole en su fase terminal o cuando para ellas no existan posibilidades de recuperación.
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Tratamiento de las complicaciones que surjan de las actividades, procedimientos e intervenciones, medicamentos no cubiertos por el Plan Obligatorio de Salud de Régimen Subsidiado.
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Patologías relacionadas con vasos del sistema linfático.
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Patologías cardíacas no quirúrgicas durante la fase ambulatoria.
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Medicamentos NO POS.
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Aquellos que expresamente defina el cambio de la normatividad en salud.
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Eventos judiciales como tutelas, determinación legal o judicial en los casos no contemplados en la cobertura. Sin embarco de estar cubierta por la póliza se indemnizará de acuerdo con los límites establecidos
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Reportar a la aseguradora, en un plazo de 10 días, contados a partir de la ocurrencia del siniestro.
Documentos requeridos para expedición
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Fotocopia del NIT de la Empresa o RUT
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Fotocopia de Cédula de Ciudadanía del Representante Legal
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Formulario de conocimiento del cliente y sus anexos (No Obligatorio)